Habemus Ley Comida Chatarra (¡por fin!). Y digo por fin, porque esta ha pasado por un largo y tortuoso camino. Se ha hundido debido a diferentes intereses políticos e industriales y ha salido a flote nuevamente gracias a sus promotores, a la sociedad civil y a las diferentes organizaciones sin ánimo de lucro que velan por el derecho a una adecuada alimentación.
El gobierno colombiano aprobó una ley que requiere, entre otras, el etiquetado frontal de advertencias en los alimentos. Las advertencias tienen como objetivo educar al público sobre los peligros de consumir en exceso alimentos con alto contenido de calorías, sodio y azúcar.
El etiquetado frontal tiene como objetivo abordar el aumento del exceso de peso y las enfermedades crónicas mediante el etiquetado de los alimentos con contenido nutricional. Es importante educar a las personas sobre las opciones que tienen y cómo tomar decisiones más saludables.
Puede ser difícil para las personas tomar decisiones saludables cuando no están informadas sobre lo que contienen los alimentos que consumen. Las etiquetas de los alimentos también deben estar bien diseñadas para que sean eficaces. Uno de los problemas con el etiquetado frontal es que termina ubicándose en la parte inferior de un paquete, lo que dificulta que las personas lo vean cuando toman sus decisiones sobre qué productos comprar.
El camino de la Ley Comida Chatarra
Dos periodos legislativos pasaron y la Ley Comida Chatarra se hundía ante la impotencia de sus promotores, de organizaciones civiles y de los profesionales de la salud que desde hace varios años acompañamos en diferentes escenarios el proceso.
Lo cierto es que esta Ley no nació en el 2020, ni mucho menos este año. Se remonta de hecho al 25 de julio de 2017, cuando 15 congresistas en conjunto presentaron el proyecto 019 que llevaba el nombre “Ley de la Comida Chatarra” que básicamente buscaba proteger al consumidor frente a la creciente oferta de ultraprocesados que aportan nutrientes que cuando se consumen en exceso pueden generar enfermedades crónicas en el mediano y largo plazo.
Las discusiones en el Congreso avanzaban y se empezaba a evidenciar un claro disgusto de parte de la industria que, a través de los medios de comunicación y realizando presencia (lobby) constante en las instalaciones del Capitolio Nacional, logró desviar el debate con argumentos alejados de la evidencia científica y el derecho a una sana alimentación que se manifieste en un adecuado estado de salud.
Dicho lobby, por supuesto, tiene trasfondo político: varios congresistas del Gobierno actual y del pasado han recibido dinero de la industria anteriormente. Dicho conflicto de interés salió a flote cada vez que hubo que votar el Proyecto en sus diferentes etapas.
Finalmente el proyecto 019 empezó a perder parte de su esencia y a transformarse en una Ley que parecía dictada por la industria y no por la mejor evidencia científica libre de conflictos de interés. Para ese entonces, parecía que se salvaba el Etiquetado Frontal de Advertencias pero las interferencias de gremios industriales representados por la ANDI, SAC y Fenalco pesó más y tal proyecto de hundió por vencimiento de términos.
Dichos gremios industriales han tratado de promover desde entonces la famosa “autorregulación”, que consiste básicamente en mantener el actual etiquetado GDA y permitir que el Ministerio de Salud haga los cambios que considere prudentes, pero manteniendo dicho etiquetado e ignorando el Etiquetado Frontal de Advertencias.
El problema con el etiquetado GDA es que está basado en ingestas de 2.000 calorías, lo que subestimaría el real aporte de muchos nutrientes para la mayoría de la población colombiana, ya que este fue propuesto sobre la base de un sujeto europeo que es más alto en estatura y quizás realiza mayor actividad física.
Tras múltiples intentos de pasar satisfactoriamente la Ley Comida Chatarra por el Congreso Colombiano, no fue sino hasta el mes de agosto del año 2019 cuando la llamada Bancada Multipartidista por la Salud Pública radicó un paquete de medidas saludables que recogía la esencia de proyectos anteriores, volviendo una vez más a la carga en favor de la mejor ley posible que representara la mejor evidencia científica disponible.
Casi dos años y múltiples debates después, parecía que la ley sería un hecho pronto y sin mayor contratiempo. Sin embargo, demoras en el agendamiento del debate final, en la sanción por parte del presidente del Senado y en la firma de la ley por parte del Presidente Iván Duque hicieron temer lo peor, pero a partir del 5 de agosto vimos nacer la Ley 2120 de 2021 (puedes consultarla aquí).
¿Por qué necesitábamos una Ley Comida Chatarra?
Como lo mencioné antes, las etiquetas nutricionales de los comestibles procesados no son actualmente claras e inducen a la confusión del comprador. Pero, además, la protección del consumidor debe ser extrapolada a otros ámbitos que impactan directamente en su salud: promoción de entornos saludables (sobre todo en espacios escolares), regulación de la publicidad de ultraprocesados, impuestos saludables y actividad física.
Teniendo en cuenta que el 56,4% de los adultos y 1 de cada 4 niños en etapa escolar tienen exceso de peso en Colombia según datos de la ENSIN 2015, se espera que estas estrategias en conjunto puedan amortiguar estas cifras y la creciente prevalencia de enfermedades crónicas en el país asociadas a estilos de vida no saludables.
Los argumentos científicos que justifican la ley
Colombia no es pionera en este tipo de políticas públicas. De hecho, quienes pedíamos a gritos la aprobación de la Ley Comida Chatarra en Colombia, solicitábamos que se emulara el Etiquetado Frontal de Advertencias diseñado e implementado en Chile, el cual ha venido mostrando éxito en la reducción de la compra de productos con estos sellos.
Tal es el impacto positivo, que otros países, antes que Colombia, lo han implementado. Uruguay, Perú y más recientemente México, son otros países cuyos consumidores hace unos meses saben qué comer.
En Colombia, como se discutió antes, las cifras de exceso de peso vienen en aumento y se espera que la ENSIN 2020 arroje datos aún más desalentadores. Un informe del DANE del año pasado reportó que algunas de las muertes en Colombia por causas que podrían atribuirse a hábitos malsanos se encuentran dentro de las 10 principales: enfermedades cardiovasculares, hipertensión arterial y diabetes mellitus son algunas de ellas.
Pero no sólo tendemos a comer mal, sino que tampoco solemos incluir alimentos saludables en nuestra dieta. Según la Encuesta Nacional de Salud Escolar publicada por el MinSalud, existen razones de sobra para fomentar hábitos alimentarios saludables en la población colombiana:
- El 86,9% de los escolares no cumplen con la frecuencia de consumo de frutas y verduras.
- Tres de cada cuatro escolares en Colombia consumen bebidas azucaradas.
- El 82,4% de los escolares consumieron productos de paquete por lo menos en un día de los últimos siete.
Estas preocupantes cifras son las que alientan a velar por políticas públicas que les hagan frente. El Etiquetado Frontal de Advertencias estipulado en la Ley debería, por supuesto, articularse con otras estrategias que promuevan hábitos saludables.
Dentro del debate por la implementación del sello de advertencias, se discute la figura que debería asumir el mismo, así como el texto y otras características del diseño que debería llevar. Sabemos que estas características son fundamentales a la hora de tomar decisiones, ya que el ser humano reacciona diferente a cada señal de advertencia.
En ese sentido, en Colombia se han debatido dos figuras geométricas y diseños diferentes. El primero coincide con el modelo chileno, y el segundo, con la propuesta que surgió desde el Ministerio de Salud. Pues bien, un estudio llevado a cabo por investigadores en Estados Unidos y Colombia arrojó que la mayoría de las personas encuestadas (49%) eligieron el octágono de advertencias chileno como aquel sello que los desanimaría a elegir un ultraprocesado, por encima del sello de MinSalud (redondo) y el sello triangular.
De hecho, estudios provenientes del país austral demuestran que los sellos de advertencias implementados han reducido el consumo de comestibles y bebidas etiquetados con los mismos. Un estudio publicado en el 2020 encontró una reducción en el consumo de bebidas azucaradas de 22.8 mL/capita/día y de 11.9 kcal/capita/día con un aumento en el consumo de bebidas sin sellos reflejadas en 5.7 kcal/capita/día.
¿En qué consiste la Ley Comida Chatarra aprobada?
La Ley 2120 de 2021 tiene como objeto “adoptar medidas efectivas que promueven entornos alimentarios saludables, garantizando el derecho fundamental a la salud, especialmente de las niñas, niños y adolescentes, con el fin de prevenir la aparición de Enfermedades No Transmisibles (ENT), mediante el acceso a información clara, veraz, oportuna, visible, idónea y suficiente, sobre componentes de los alimentos a efectos de fomentar hábitos alimentarios saludables”.
Para esto, estipula diversas estrategias que se implementarán gradualmente:
- Se creará la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional (CISAN), la cual será la instancia de orientación y decisión sobre el desarrollo e implementación de estrategias para la prevención de ENT con especial énfasis en políticas para el desarrollo de entornos saludables, hábitos saludables, seguridad alimentaria, el acceso a información oportuna, acceso a agua potable, etc.
- Se reglamentará el Etiquetado Frontal de Advertencias que incorpora un sello de advertencia, que deberá ser de alto impacto preventivo, claro, visible, legible, de fácil identificación y comprensión para los consumidores, con mensajes inequívocos que adviertan al consumidor de los contenidos excesivos de nutrientes críticos.
- La CISAN diseñará herramientas educativas digitales, multiplataforma con información y procesos educativos sobre los hábitos y estilos de vida saludables, y su adopción en el entorno educativo; la prevención de las ENT, la necesidad de practicar actividad física frecuentemente y sobre alimentación balanceada, dirigidas a la población del territorio nacional en especial a la comunidad escolar.
- La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) autorizará espacios institucionales en todos los canales de televisión abierta, en horario prime, para la radiodifusión de contenidos realizados por el Ministerio de Salud y Protección Social para promoción de hábitos de vida saludable y valor nutricional, de acuerdo con la reglamentación aplicable en esta materia.
- La CISAN promoverá entornos saludables en los espacios educativos públicos y privados, haciendo énfasis en los entornos escolares e incluyendo también los entornos laborales. En ese sentido, se incentivará el consumo de alimentos saludables como frutas y verduras, el consumo de agua y los beneficios de la actividad física.
¿Cuáles alimentos estarían exentos del sello?
Un argumento de quienes no gustan de la ley, es que algunos comestibles y preparaciones tradicionales de la gastronomía colombiana podrían llevar sellos, lo cual promovería la satanización de alimentos que llevan acompañándonos por décadas.
Lo cierto es que la ley, en el artículo 5, estipula lo siguiente:
Los productos comestibles o bebibles típicos y/o artesanales y mínimamente procesados de acuerdo a la clasificación dada por el nivel de procesamiento, serán exceptuados de la aplicación del etiquetado frontal de advertencia, teniendo en cuenta la reglamentación expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Ley 2120 del 30 de julio de 2021
Otra preocupación menos para los detractores.
¿La Ley prohibe que yo compre algunos comestibles?
Otro de los argumentos de los detractores de la Ley Comida Chatarra es que esta supuestamente priva a las personas de comprar ciertos alimentos y/o comestibles. La verdad es que la ley está diseñada únicamente para advertir al consumidor acerca de aquellos comestibles ultraprocesados que contienen exceso de calorías, grasas saturadas, sodio y azúcar.
Usted como consumidor tendrá el mismo derecho que ha tenido siempre. Incluso, puede llenar su carrito de compras de comestibles altos en esos nutrientes, pero la diferencia es que ahora sabrá que no le conviene hacerlo. Es una ley netamente informativa, no prohibicionista.
Insistimos: La Ley Comida Chatarra tiene como objetivo educar a los consumidores sobre el contenido nutricional que se encuentra en ciertos alimentos. La ley no exige qué alimentos se compran ni prohíbe la compra de alimentos. Su objetivo simplemente es brindar a los consumidores una mejor información sobre lo que comen y ayudarlos a tomar decisiones más saludables.
¿Cuál es el plazo para implementar la ley?
A partir de la firma presidencial, el Ministerio de Salud tiene aproximadamente un año para revisar la evidencia científica y definir ciertas condiciones que hoy por hoy no están claras. Algunas de esas condiciones son:
- La definición adoptada para comestible ultraprocesado.
- El tipo de sello a implementar: su forma y el tamaño.
- El contenido y el diseño: textos, tipos de letra, colores, etc.
- Ubicación del sello en el empaque.
- Los valores de referencia, es decir cómo se va a determinar cuándo un producto es alto o no en algún nutriente crítico.
Una vez definidas dichas condiciones, los productores de alimentos tendrán un plazo para integrar gradualmente dichos sellos a los empaques de sus productos. Por supuesto esperamos que el proceso sea lo más ágil posible y no tengamos que recurrir nuevamente a la presión civil.
Pero a esto se le suman otras preocupaciones que discutiremos a continuación.
Las preocupaciones que permanecen
Justo en el debate previo a la aprobación de la Ley 2021 del 15 de julio de 2021, el gobierno expidió la Resolución 810 de 2021 a través del Ministerio de Salud. Se cree que con la misma buscaban cambiar el voto de congresistas antes del último debate, haciéndoles creer que no había necesidad de sancionar la Ley Comida Chatarra.
El claro problema resulta en que, al leer tal Resolución, encontramos que los sellos propuestos son circulares y presentan un diseño diametralmente opuesto al que la evidencia científica muestra como óptimos.
Con tantas “jugaditas” hechas desde la industria para entorpecer la implementación de la ley, con un Ministerio de Salud que parece escucharlos más a ellos que a la evidencia científica y junto con algunos congresistas que defienden sus intereses por encima del bien público, podríamos seguir evidenciando obstáculos para la implementación de la ley.
Espero, de todo corazón, que esta ley tenga el mejor desenlace posible y que próximamente podamos ver en las góndolas del supermercado los productos con el etiquetado frontal que mejores resultados ha dado en América Latina.